BOTELLA ASENSI, Evaristo

Apellidos
BOTELLA ASENSI
Nombre
Evaristo
Alias/ Apodo
Sexo
H
Fecha de nacimiento
Lugar de nacimiento
Vecino de
Profesión
Impresor

Edad 59

Estado civil

Militancia IRS (Izquierda Radical Socialista)

Tipo represaliado Condenado por la dictadura franquista

Represaliado por Bando sublevado

Fallecido

Fallecido en prisión no

Fecha fallecimiento 23-09-1939

Lugar fallecimiento [Alcoi - Ver en mapa]

Lugar enterramiento [Alcoi - Ver en mapa]

Trayectoria política

Observaciones:

Creado [07-06-2012 01:06:29] por [Francisco Moreno]
Modificado [16-11-2018 04:11:51] por [Cátedra Interuniversitaria de Memoria Democrática]

Identificador de causa:

Año de inicio:

Tribunal: Consejo de guerra

Cargo:

Unidad militar:

Fecha detención:

Lugar detención:

Detención gubernativa desde:

Detención gubernativa hasta:

Fecha Juicio: 09-11-0938

Lugar Juicio: Alcoy

Fecha Sentencia/resolución:

Sentencia: Pena de muerte

Ejecución sentencia:

Cargos/causa Condena: Adhesión a la rebelión

Lugar de reclusión / cárcel:

Fecha Libre:

Tipo libertad:

Confinamiento:

Destierro:

Ficha Biográfica:
BOTELLA ASENSI, Evaristo (Alcoi, 1882-1939). Político republicano, militó primero en el Partido Republicano Radical y posteriormente en Izquierda Radical Socialista. Era impresor y propietario de la imprenta Fraternidad. Su hermano, Juan Botella Asensi, fue ministro de Justicia con los gobiernos de Lerroux y Martínez Barrio.
El 18 de julio de 1936, Evaristo Botella era el alcalde de Alcoi. El día 2 de octubre, rebasado por la presión de los sindicalistas, dimitió de su cargo siendo sustituido por el Consejo Económico Político Social. Ya sin cargos de responsabilidad política marchó de Alcoi, pasando a residir a la localidad de Anna (Valencia), donde permaneció la mayor parte de la guerra. Al finalizar la guerra, fue encarcelado. Durante las indagatorias realizadas para la instrucción del juicio sumarísimo, unos testigos declararon a favor, mientras que otros presentaron cargos muy comprometedores. La Comisión Gestora municipal lo acusó de ordenar la «recogida de armas, de las que hizo entrega a la chusma con el propósito de impedir que las tropas se sumaran al Glorioso movimiento Nacional»; de presentarse en el cuartel de Infantería de la localidad, que se había sublevado, y conminar a sus mandos a que depusieran las armas; y de «exigir, con turbios propósitos, que le fueran entregados los falangistas que habían acudido al cuartel la noche del glorioso Movimiento» con el fin de sumarse a la sublevación. A su vez, Rafael Candela Moltó lo acusó de inhibirse y no interceder para que el Tribunal Popular indultara a su hermano, el teniente Camilo Candela, sublevado en la guarnición de Alcoi, por lo que fue ejecutado. Por su parte, el agente de vigilancia Rafael Llin manifestó que Evaristo Botella, como alcalde, «consintió y permitió el incendio, saqueo y derrumbamiento de las iglesias de esta ciudad». Por el contrario, otros testigos salieron garantes. José Pérez Peidro declaró que Botella no era capaz de tomar parte en saqueos e incendios de iglesias, pues era un hombre de recta conciencia. Ramiro Cantó Sempere manifestó que intercedió por él ante la policía. Y el capitán de la Guardia Civil, Manuel Ruano Wamba, declaró que el día 18 de julio de 1936, Botella lo acompañó a su casa, evitando con ello que fuera molestado; y que más adelante compareció como testigo ante un Tribunal Popular, hecho que evitó que fuera fusilado. El día 26 de mayo de 1939 un Consejo de Guerra, presidido por Juan Hidalgo Matías, lo sentencia a la pena de muerte por adhesión a la rebelión militar; si bien acordaba proponer su indulto a la Superioridad, en méritos de haber favorecido a personas de derechas, entre ellas a un oficial del Ejército. Cuatro meses más tarde, el 23 de septiembre, a las 6:10 horas de la mañana, era ejecutado en la boca número 4 del túnel de la inconclusa línea ferroviaria Alicante-Alcoi.

En la sentencia se insiste en su trayectoria política, en su papel como alcalde en los primeros días del GMN, y en su visita al cuartel para tratar de impedir la sublevación. Sin embargo, el Tribunal propuso el indulto, por haber favorecido a personas de derechas y , entre ellas, a un Oficial del ejército español. Ejecutado el 25-IX-1939 en Alcoy. Según GdeA, 27-V-1939, el Consejo de guerra le condenó a muerte "despues de probarle el fiscal todas las acusaciones que sobre él pesaban".

Identificador de causa:

Año de inicio:

Tribunal: TRP

Cargo: Alcalde

Unidad militar:

Fecha detención: 13-04-1939

Lugar detención: Alcoi

Detención gubernativa desde:

Detención gubernativa hasta:

Fecha Juicio: 26-05-1939

Lugar Juicio: Alcoi

Fecha Sentencia/resolución:

Sentencia: Inhabilitación por 5 años. Insuficiencia económica

Ejecución sentencia:

Cargos/causa Condena: Alcalde

Lugar de reclusión / cárcel:

Fecha Libre:

Tipo libertad:

Confinamiento:

Destierro:

Ficha Biográfica:
Según Miguel Ors, fue condenado a dos años de inhabilitación.

Fuentes
  • Tipo de fuente
  • Archivo Provincial (AHPA)
    GC - Legajo 901 (Consejo de guerra)
    GC - Legajo 901 (TRP)
  • Archivo Municipal
  • Archivo Nacional
  • Boletines oficiales
    BOPA 04/10/1944 (TRP)
  • Fuentes Hemerográficas
  • Otras fuentes
    MO
    MO - COL - HR
  • Referencias bibliográficas
  • Descripción de fuentes / observaciones
Documentos